El plazo de solicitud se cerrara el día 3 de marzo.
Los requisitos:
1.- Estar empadronados en Cazalla de la Sierra, a 1 de Enero del 2014.
2.- Pertenecer a unidad familiar con los umbrales económicos siguientes:(Se
entenderá por unidad familiar, la definición dada en la Resolución
Provincial 79/2015 de 21 de Enero, art. 5, sólo será admitida una única
solicitud por unidad familiar.)
- Inferiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para las unidades familiares de un sólo miembro.
- 1,5 de IPREM para unidades familiares de entre dos y cuatro miembros.
- 2 Veces el IPREM para unidades familiares de más de cuatro miembros,
todo ello conforme al Anexo III de la Resolución
Provincial 79/2015 de 21 de Enero.
3.-
No haber estado contratado EN REGIMEN LABORAL por el Ayuntamiento o
demás Organismos y Entidades Públicas dependientes más de 15 días (en
cómputo total), desde Enero 2014 hasta la publicación de la presente. Y
encontrarse en situación legal de desempleo los 6 meses inmediatamente
anteriores a la publicación del presente anuncio.
documentación a presentar:
-
Que la persona solicitante, forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros no haya estado contratado en régimen laboral por el Ayuntamiento o demás Organizaciones y Entidades dependientes, más de 15 días (en cómputo total), desde Enero 2014 hasta la fecha de publicación del presente.
-
Que el solicitante forme parte de unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa, de acuerdo a la legislación vigente.
-
Que la unidad familiar tenga al menos 2 hijos menores a su cargo.
-
Que alguno de sus miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia.
-
Que la persona solicitante, o alguno de los miembros de la unidad familiar sea victima de violencia de género.
-
Que la persona solicitante sea mujer.
-
Que la persona solicitante sea mayor de 45 años.
-
Las solicitudes en igualdad de condiciones serán objeto de prelación de mayor a menor edad del solicitante.
No hay comentarios:
Publicar un comentario