EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Como resultado de la revisión catastral llevada a cabo en el año 2007, los valores catastrales de las viviendas de nuestra localidad se han visto incrementados a partir del 1 de enero de 2008, en más de un 300 %.
En consecuencia, la cuota de los recibos por Impuesto de Bienes Inmuebles, ha sufrido una variación sustancial, encontrándose actualmente la media de dichos recibos en 189.05 euros anuales.
Como establece la Ley de Haciedas Locales, (art. 67 y 68) el citado impuesto (IBI) se viene liquidando por la aplicación de la base liquidable, como reducción de la base imponible = valor catastral, durante nueve años a partir de 2008, lo que representa una subida anual del impuesto durante este periodo de tiempo hasta alcanzar la tributación plena en el año 2017. Por otra parte, si bien este Ayuntamiento tiene establecido un tipo impositivo del 0,365% sobre la base liquidable, siendo éste inferior al mínimo establecido legalmente 0,4%, esta medida solo podrá tener vigencia hasta el año 2013, ya que en el ejercicio 2014 deberá aplicarse por imperativo legal el tipo de gravamen del 0,4 por 100 establecido como mínimo en el art. 72 de la Ley de Haciendas Locales, por lo que es previsible que el impacto económico se aún más acusado entre los ciudadanos afectados por este tributo local.
La situación económica actual obliga a los Ayuntamientos a adoptar decisiones en favor de sus contribuyentes, acogiendo fórmulas que favorezcan el pago más cómodo de los impuestos y tributos, en este caso, municipales.
Durante este mes de Septiembre nos han llegado numerosas quejas por la subida que viene teniendo el IBI, este año se calcula que este incremento oscila entre el 17 y el 24%, según las características del inmueble, y es de sobra conocida la inquietud y el malestar reinante entre la población, por ello consideramos que a fin de facilitar a los ciudadanos el cumplimiento de su obligación tributaria proponemos se acuerde que el cobro del IBI, a partir del ejercicio 2012, se haga dividiendo la totalidad de la cuota a pagar en dos semestre.
Por todo ello, solicitamos se adopte el siguiente ACUERDO:
Que a partir del ejercicio 2012, el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles Urbanos se realice de forma semestral, acordando la fecha de la cobranza en los meses de Abril-Mayo y Septiembre-Octubre como así se tiene establecido en otros Ayuntamientos de la provincia, por ejemplo, El Pedroso, Sevilla, Carmona, etc.
En Cazalla de la Sierra, a 26 de septiembre de 2011.
LA MOCIÓN FUE APROBADA POR UNANIMIDAD. GRACIAS A ESTA INICIATIVA DE IZQUIERDA UNIDA, EL PAGO DEL IBI, QUE ESTÁ POR LAS NUBES, SE HACE CADA SEIS MESES, LO QUE FACILITA A LAS FAMILIAS CUMPLIR.
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